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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 279-2019/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 279-2019/SUNAT
José Patiño Blas
Por José Patiño Blas
Asesor tributario
02 de enero de 2020

Mediante Resolución de Superintendencia N° 279-2019/SUNAT publicada el 31 de diciembre del presente año, en el diario oficial El Peruano, se designa como emisores electrónicos: A los sujetos que al 31 de diciembre de 2019 obtengan ingresos anuales inferiores a 150 UITs y realicen operaciones por las que se debe emitir factura o boleta de venta, de manera gradual; a los sujetos que a partir del 1 de enero de 2020, dejen de figurar en el RUC como afectos al Nuevo Régimen Único Simplificado y realicen operaciones por las que se debe emitir factura o boleta de venta; y a los sujetos que no sean alcanzados por los considerando anteriores y que a partir del 1 de enero de 2022 realicen operaciones por las que corresponda emitir factura o boleta de venta.

La Resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 01-01-20.

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