RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 127-2019/SUNAT

Mediante Resolución de Superintendencia N° 127-2019/SUNAT publicada el 19 de junio del presente año, en el diario oficial El Peruano, se prorrogan las fechas de vencimientos, que no hubieren transcurrido, del período mayo de 2019 del Anexo I de la Resolución de Superintendencia N.° 306-2019/SUNAT, y las de los meses de mayo y marzo de 2019 fijadas originalmente en los Anexos II y III de la citada resolución; se procede a prorrogar, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 29 y el Numeral 16 del Artículo 62 del TUO del Código Tributario, el Artículo 10 del Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado, el Artículo 30 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el Artículo 7 de la Ley N.° 28424, el artículo 7 del Reglamento del ITAN, y otras normas modificatorias, a fin de evitar que se produzcan contingencias que impidan el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La Resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 20-06-19.
