RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 167-2019/SUNAT

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 167-2019/SUNAT publicada el 27 de agosto del presente año, en el diario oficial El Peruano, se aprueba la Política Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; teniendo en consideración, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, donde se establece que la SUNAT deberá desarrollar e implementar medidas anticorrupción y de integridad para el personal de la institución a través de la unidad organizacional correspondiente o creada para tal fin; la Resolución de Superintendencia Nº 052-2019/SUNAT, que aprueba el Plan Institucional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2020, documento que establece y desarrolla las acciones estratégicas y las actividades para el cierre de brechas priorizadas en el Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2021, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 443-2018-EF/41; el artículo 50 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT,que señala a la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción - OFELCCOR, como el órgano encargado de promover y desarrollar acciones que conduzcan al fortalecimiento de la integridad y el comportamiento ético del personal de la institución y a la detección de riesgos de corrupción a efectos de proponer mejoras o controles en los procesos institucionales; en marco de la referida competencia y con el objetivo de implementar la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017, se aprueba la Política Antisoborno de la SUNAT propuesta por la OFELCCOR, que permitirá implementar medidas orientadas a prevenir, detectar y enfrentar el soborno bajo cualquier modalidad y los distintos tipos de corrupción.
Se procede a emitir la presente resolución, en uso de las facultades conferidas por el inciso s) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, y sus normas modificatorias.
La Resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 28-08-19.
