Resolución de Superintendencia 264-2018/SUNAT

Mediante la Resolución de Superintendencia 264-2018/SUNAT, publicado el 11 de noviembre del presente año en el diario Oficial El Peruano, se prorrogó el plazo establecido en la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 163-2018/SUNAT para los contribuyentes domiciliados en el país, integrantes de un grupo multinacional cuya matriz es no domiciliada.
El objeto de dicha declaración es obtener información tributaria consolidada, relacionada con la distribución global de los ingresos, impuestos pagados y actividades de negocio de cada una de las entidades pertenecientes a un grupo multinacional.
La prórroga antes referida solo resulta de aplicación a aquellos contribuyentes comprendidos exclusivamente en el numeral 2 del inciso b) del artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, quienes presentarán la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2017,según el siguiente cronograma:
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC | FECHA DE VENCIMIENTO |
0 | 14 de marzo de 2019 |
1 | 15 de marzo de 2019 |
2 y 3 | 18 de marzo de 2019 |
4 y 5 | 19 de marzo de 2019 |
6 y 7 | 20 de marzo de 2019 |
8 y 9 | 21 de marzo de 2019 |
Buenos contribuyentes | 22 de marzo de 2019 |
La Resolución, bajo comentario, entró en vigencia el 12-11-18.
