Publican la ley del joven empresario

Por vía de la Ley N° 31828 (publ. 12-07-2023, vig.13-07-2023) se establece un marco normativo protector de fuentes de trabajo por lo que se disponen incentivos y beneficios tributarios para la creación de empresas por jóvenes entre 18 y 29 años de edad. Estos incluyen los siguientes:
- Simplificación del proceso de constitución e inscripción de la empresa
- Deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica del nuevo trabajador contratado a partir del 1 de enero de 2024, por un mínimo de 1 mes. Esta deducción aplica para jóvenes entre 18 y 29 años que no hayan estado registrados en una planilla en los 12 meses anteriores al inicio de labores y que no ganen más de 1700 soles.
- Devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las operaciones de exportación de bienes y servicios.
- Bonificación del 5% en la propuesta técnica en los procesos de contratación con el Estado.
Adicionalmente, se autoriza al MEF a otorgar a COFIDE una línea de financiamiento con tasas de interés preferenciales para los emprendimientos que sean liderados por jóvenes entre 18 y 29 años.
Asimismo, no debemos olvidar que loa alcances de la presente ley serán para las empresas que se encuentren debidamente inscritas ante la SUNARP
Es importante resaltar, además, que se autoriza al Ministerio de la Producción para que pueda suscribir convenios con Indecopi o con la Reniec a fin de facilitar la constitución simplificada de las Sociedades por acciones cerrada simplificada (SACS) para los jóvenes empresarios.
Las disposiciones reglamentarias para la aplicación de esta ley serán aprobadas por el Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días calendario contados a partir del 12 de julio de 2023.
