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Comentario Legal
03 de abril de 2023
No aplicación de cierre temporal a sujetos del NRUS
Tributario

Por medio de Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 0009-2023-SUNAT/70000 (publ. 02-04-2023, vig. 03-04-2023) se aplica la facultad discrecional para evitar la sanción de cierre temporal de establecimiento por parte de la SUNAT, en el caso de que los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) no presenten la información requerida en el plazo y condiciones establecidos, entre el 16 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2023.

Br. Oscar Daniel Maquera Montoya
Normas Legales Enlazadas
Organismos Técnicos Especializados
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 000009-2023-SUNAT/700000
Aplican la facultad discrecional en la administración de sanciones respecto de la infracción tipificada en el Numeral 5 del Artículo 177 del Código Tributario respecto de los sujetos del NRUS