Modifican Reglamento de la Ley de Migraciones

Por medio del Decreto Supremo Nº 003-2023-IN (publ. 27-04-2023) se modifica el Reglamento del Decreto Legislativo 1350 (Ley de Migraciones) aprobado por Decreto Supremo 007-2017-IN. Esta modificación regula la calidad migratoria especial residente, el permiso temporal de permanencia y el procedimiento de regularización migratoria. Así también, establece una multa por no solicitar la prórroga de la calidad migratoria y establece relaciones entre la Superintendencia Nacional de Migraciones y entidades públicas y privadas para la transferencia de información. Además, se dispone la prórroga excepcional de la vigencia del Carné de Permiso Temporal de Permanencia cuyo vencimiento resulte desde el 9 de julio de 2023 en adelante, hasta 30 días hábiles después de publicada la modificación de la Calidad Migratoria Especial Residente en el TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Cabe añadir que el presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la modificación del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, con la excepción del numeral 67.5 del artículo 67 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350 y de la única disposición complementaria final, los cuales entrarán en vigencia al día siguiente de la publicación de este decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano.
