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Comentario Legal
03 de enero de 2023
Modifican plazo para el cumplimiento de obligaciones tributarias de diciembre de 2022
Tributario

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 00001-2023/SUNAT (Publ. 03-01-2023, Vig. 04-01-2023), se otorgan facilidades para el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias correspondientes al período diciembre 2022, ello a raíz de las consecuencias económicas generadas por los conflictos sociales que han dado lugar a la declaratoria del Estado de Emergencia a nivel nacional.
En ese contexto, tratándose de los contribuyentes que, en los períodos de noviembre de 2021 a octubre de 2022, hubieran obtenido ingresos de tercera categoría de hasta 1700 UIT, se dispone:
- La prórroga de las fechas de vencimiento para la declaración y el pago de sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al período diciembre de 2022, hasta las fechas de vencimiento que corresponden al período enero de 2023.
- La prórroga de las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicos correspondientes al mes de diciembre de 2022, hasta las fechas máximas de atraso que corresponden al período enero de 2023.
Asimismo, dichas prórrogas se aplicarán también a los contribuyentes que, en los períodos de noviembre de 2021 a octubre de 2022:
- Sean sujetos del Nuevo RUS en todos esos períodos.
- Sean personas naturales que no han tenido ingresos que califiquen como rentas de tercera categoría ni hubieran sido sujetos del Nuevo RUS.
- Sean sujetos inafectos del impuesto a la renta, distintos al Sector Público Nacional.
- Sean sujetos exonerados del impuesto a la renta y realicen, únicamente, operaciones exoneradas del Impuesto General a las Ventas.

Br. Oscar Daniel Maquera Montoya
Normas Legales Enlazadas
Organismos Técnicos Especializados
Resolución de Superintendencia Nº 000001-2023/SUNAT
Resolución de Superintendencia que modifica el plazo para el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias del periodo diciembre 2022