Modifican Ley de Zona Franca y Comercial de Tacna

A través de la Ley Nº 31543 (Publ. 04-08-2022, Vig. 05-08-2022), se modifica el artículo 20º de la Ley de Zona Franca y Comercial de Tacna, Ley Nº 27688.
En ese sentido, se establece que las personas naturales del resto del territorio nacional pueden adquirir en la zona comercial a través del comercio electrónico los bienes consignados en la franquicia de compra vigente, en los montos, cantidades o volúmenes determinados por el Decreto Supremo 202-92-EF y modificatorias. Estas operaciones comerciales no están gravadas con el IGV e ISC y demás tributos creados y por crearse que gravan las operaciones de venta, con excepción del Impuesto a la Renta.
Las empresas dedicadas a la prestación de servicios de entrega rápida son las responsables del traslado de las mercancías, de conformidad con lo que establece el procedimiento aduanero referido al régimen especial de importación de envíos de entrega rápida, el cual deberá ser adecuado por la SUNAT en el plazo de 30 días para considerar esta modalidad de venta electrónica especial en la Zona Comercial de Tacna.
Finalmente, se señala que las consideraciones planteadas para el comercio electrónico tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.
