Modifican el procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8) y el procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 7)

Mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000079-2026/SUNAT (publ. 08.05.26; vig. 09.05.26 salvo excepciones que indique la norma) se modifican el procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8) y el procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 7), con la finalidad de optimizar y flexibilizar diversos aspectos del despacho aduanero y de la gestión documental en operaciones de comercio exterior.
En ese sentido, la norma incorpora nuevas excepciones a la obligatoriedad del despacho anticipado, especialmente en casos de despachos parciales y descargas parciales por congestión portuaria, fuerza mayor o caso fortuito. Asimismo, amplía hasta diez días calendario el plazo para adicionar digitalmente documentos de transporte y seguros sin aplicación de sanciones, permite la transmisión opcional de documentos previamente digitalizados en declaraciones anteriores y exonera de presentar ciertos documentos cuando hayan sido gestionados mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
De igual manera, se modifican las reglas aplicables a la rectificación del manifiesto de carga y actos relacionados, estableciendo nuevos supuestos de aprobación automática para solicitudes efectuadas por operadores de comercio exterior y operadores intervinientes, siempre que las mercancías no hayan salido del punto de llegada o no se encuentren sujetas a restricciones específicas.
Finalmente, la resolución dispone que la mayoría de sus modificaciones entran en vigencia al día siguiente de su publicación, mientras que determinadas disposiciones relacionadas con la transmisión digitalizada de documentos y rectificación de ARI (actos relacionados al ingreso) serán aplicables desde el 1 de septiembre de 2026.
