Modificación del Reglamento de la LIR: Comunicación que debe presentar el contribuyente que realice operaciones de exportación o importación

Mediante el Decreto Supremo Nº 327-2022-EF (Publ. 29-12-2022, Vig. 01-01-2023) se modifica el artículo 113-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, a efectos de adecuarlo a las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N° 1537, cuya finalidad era flexibilizar el plazo para la presentación y establecer aspectos relacionados a la información a registrarse en la comunicación que con carácter de declaración jurada debe presentar el contribuyente que realice operaciones de exportación o importación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, mercado local o mercado de destino, incluyendo los de instrumentos financieros derivados, o con precios que se fijan tomando como referencia las cotizaciones de los indicados mercados.
