MEF aprueba los valores arancelarios de terrenos a nivel nacional para el Ejercicio Fiscal 2026

Mediante la Resolución Ministerial N.° 514-2025-EF/15 (publ. 30.10.25; vig. 01.01.26), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los valores arancelarios de terrenos expresados en soles por metro cuadrado aplicables a nivel nacional para fines tributarios durante el Ejercicio Fiscal 2026.
Esta medida se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.º 1557, que faculta al MEF a formular y aprobar anualmente los valores arancelarios vigentes al 31 de octubre del año anterior, los cuales sirven como base para el cálculo del Impuesto Predial.
El MEF precisó que, para el ejercicio 2026, se ha continuado empleando la metodología aprobada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) mediante la Resolución Directoral N.º 010-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, la cual regula la determinación de valores arancelarios de terrenos urbanos según su uso (residencial, comercial o especial), así como los factores de actualización para terrenos ubicados en centros poblados. Del mismo modo, se ha considerado la Resolución Directoral N.º 010-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU modificada posteriormente para la valuación de terrenos rústicos.
De acuerdo con lo dispuesto, los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos se expresan en soles por metro cuadrado, mientras que los Valores Arancelarios de Terrenos Rústicos se expresan en soles por hectárea. Ambos listados estarán vigentes durante todo el Ejercicio Fiscal 2026, y sus resultados figuran en los Anexos 1 y 2 de la resolución ministerial.
Finalmente, el MEF dispuso que la resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, mientras que los anexos estarán disponibles en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef).
