Mayor protección a los trabajadores por diagnóstico de cáncer

Mediante Ley N° 32431 (publ. 04.09.25; vig.conforme indique la norma), se refuerza la protección de los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores diagnosticados con cáncer. Se establece que será nulo el despido, cese o término de vínculo laboral cuando esté motivado por el diagnóstico de cáncer, su tratamiento o los efectos derivados. Esta protección se aplicará incluso si la persona trabaja menos de cuatro horas diarias (contratos Part Time), e incluso si se encuentra en período de prueba o desempeña un cargo de confianza.
Asimismo, se dispone que, en caso de que la enfermedad impida al trabajador desempeñar su labor habitual, el empleador deberá readaptar su puesto de trabajo a sus nuevas condiciones físicas o cognitivas, garantizando que ello no implique una reducción de su remuneración.
