Comentario legal
Matrimonio civil ante notario público


Asesor Tributario
15 de diciembre de 2022
Por medio de la Ley Nº 31643 (Publ. 15-12-2022, Vig. 16-12-2022) se modifican diversos artículos del Código Civil con el fin de facultar a los notarios a celebrar el matrimonio civil. Asimismo, entre las modificaciones, se establece que la función notarial de celebrar el matrimonio es indelegable.
Además, se dispone que quienes pretendan contraer matrimonio civil – además de ante el alcalde provincial o distrital correspondiente- podrán hacerlo ante notario de la provincia del domicilio de cualquiera de los contrayentes.
Normas legales enlazadas
Poder Legislativo
Ley Nº 31643
Ley que modifica el Código Civil para facultar a los notarios a celebrar matrimonio civil
CivilRegistral