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05 de septiembre de 2025

Guía completa: lo nuevo del Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional

Laboral
Guía completa: lo nuevo del Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional

Mediante Decreto Supremo N° 189-2025-EF (publ.05.09.25; vig. conforme la norma lo indique), el Poder Ejecutivo ha aprobado el Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional (Ley N° 32123). Este reglamento introduce cambios significativos con el objetivo de fortalecer la sostenibilidad, ampliar la cobertura y mejorar la administración de las pensiones, facilitando un acceso más progresivo a la seguridad social. Estos cambios son fundamentales para proteger los ahorros de jubilación de los ciudadanos y asegurar una pensión digna para todos. Es un paso importante hacia un sistema previsional más inclusivo y competitivo.

1. Afiliación automática y obligatoria: A partir de los 18 años, todos los peruanos no afiliados serán registrados automáticamente en el sistema previsional. Tendrán la opción de elegir entre el SNP o SPP; si no lo hacen, serán afiliados al SNP.

2. Aportes al sistema:

  • Dependientes: Se mantienen las tasas actuales (13% en el SNP y 10% más seguro y comisión en el SPP).
  • Independientes: A partir de 2028, se implementarán aportes obligatorios escalonados, comenzando en 2% y aumentando hasta 5% en los años siguientes.
  • Se crean aportes facultativos y voluntarios que pueden ser realizados por el afiliado, empleador o el Estado.

3. Migración y portabilidad: Se facilita el traslado de fondos entre el SNP y el SPP. Para ello, se crea la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST) para una elección y registro digital más eficientes.

4. Comisiones en el SPP: Se introduce la comisión por productividad, un esquema que combina una tarifa fija con una variable según la rentabilidad del fondo, y se regula la migración entre los diferentes modelos de comisión.

5. Restricción de retiros: Se prohíbe el retiro total o parcial de los fondos de las AFP, con algunas excepciones. Se restringe la opción de retiro para personas menores de 40 años.

6. Pensión por Consumo: Se introduce un mecanismo para que una parte del consumo se destine al fondo de pensión, con un límite anual de 8 UIT.

7. Beneficios y sostenibilidad: La norma incluye una garantía estatal de pensión mínima, fomenta el ahorro voluntario con incentivos y crea fondos especiales para trabajadores pesqueros, mineros y personas con pensiones no contributivas.

8. Afiliación de extranjeros: Los extranjeros con vínculo laboral en Perú tendrán afiliación obligatoria, con excepciones por convenios internacionales

Keila Grisel Villa Carhuas
Esp. Keila Grisel Villa Carhuas

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Decreto Supremo Nº 189-2025-EF

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano

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