Guía completa: lo nuevo del Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional

Mediante Decreto Supremo N° 189-2025-EF (publ.05.09.25; vig. conforme la norma lo indique), el Poder Ejecutivo ha aprobado el Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional (Ley N° 32123). Este reglamento introduce cambios significativos con el objetivo de fortalecer la sostenibilidad, ampliar la cobertura y mejorar la administración de las pensiones, facilitando un acceso más progresivo a la seguridad social. Estos cambios son fundamentales para proteger los ahorros de jubilación de los ciudadanos y asegurar una pensión digna para todos. Es un paso importante hacia un sistema previsional más inclusivo y competitivo.
1. Afiliación automática y obligatoria: A partir de los 18 años, todos los peruanos no afiliados serán registrados automáticamente en el sistema previsional. Tendrán la opción de elegir entre el SNP o SPP; si no lo hacen, serán afiliados al SNP.
2. Aportes al sistema:
- Dependientes: Se mantienen las tasas actuales (13% en el SNP y 10% más seguro y comisión en el SPP).
- Independientes: A partir de 2028, se implementarán aportes obligatorios escalonados, comenzando en 2% y aumentando hasta 5% en los años siguientes.
- Se crean aportes facultativos y voluntarios que pueden ser realizados por el afiliado, empleador o el Estado.
3. Migración y portabilidad: Se facilita el traslado de fondos entre el SNP y el SPP. Para ello, se crea la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST) para una elección y registro digital más eficientes.
4. Comisiones en el SPP: Se introduce la comisión por productividad, un esquema que combina una tarifa fija con una variable según la rentabilidad del fondo, y se regula la migración entre los diferentes modelos de comisión.
5. Restricción de retiros: Se prohíbe el retiro total o parcial de los fondos de las AFP, con algunas excepciones. Se restringe la opción de retiro para personas menores de 40 años.
6. Pensión por Consumo: Se introduce un mecanismo para que una parte del consumo se destine al fondo de pensión, con un límite anual de 8 UIT.
7. Beneficios y sostenibilidad: La norma incluye una garantía estatal de pensión mínima, fomenta el ahorro voluntario con incentivos y crea fondos especiales para trabajadores pesqueros, mineros y personas con pensiones no contributivas.
8. Afiliación de extranjeros: Los extranjeros con vínculo laboral en Perú tendrán afiliación obligatoria, con excepciones por convenios internacionales
