Fe de Erratas sobre facturas electrónicas

Por medio de la Resolución de Superintendencia Nº 000005-2023/SUNAT (Publ. 10-01-2023, Vig. ) se publica la Fe de Erratas en la columna VALIDACIÓN de la fila 11 del anexo I correspondiente a los datos de identificación del adquirente o usuario de la factura electrónica (página 29 de la edición de normas legales del 10 de enero de 2023): en donde se incluye a los incisos a) y d) en las siguientes:
“El Tipo de documento será ‘6’ - RUC, según el catálogo N.º 06 del Anexo N.º 8, salvo en las operaciones mencionadas en los incisos a) y d) del numeral 17.2 del artículo 17 de la Resolución de Superintendencia N.º 097-2012/SUNAT y modificatorias (SEE - Del Contribuyente) o en los incisos a) y d) del párrafo 19.2 del artículo 19 de la Resolución de Resolución de Superintendencia N.º 117-2017/SUNAT y modificatorias (SEE - OSE) (...)"
