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02 de enero de 2023

Excepción y suspensión de efectuar pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría 2023

Tributario
Excepción y suspensión de efectuar pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría 2023

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000295-2022/SUNAT (Publ. 31-12-2022, Vig. 01-01-2023), se establecen las reglas para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2023.

En ese marco, no están obligados a efectuar pagos a cuenta del impuesto a la renta:

• Aquellos contribuyentes con rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes, cuyo monto no supere S/ 3,609 mensuales.

• Aquellos contribuyentes que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares que perciban rentas por dichas funciones y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías y el total de tales rentas percibidas en el mes no supere S/ 2,888 mensuales.

Asimismo, se puede solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta:

• Cuando los ingresos que se proyecta percibir en el ejercicio 2023, por rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría, no supere S/ 43,313.

• Cuando los ingresos que se proyecta percibir en el ejercicio 2023, por rentas por actividades de director de empresa, síndico, mandatario, gestor de negocio, albacea, no supere S/ 34,650.

Oscar Daniel Maquera Montoya
Br. Oscar Daniel Maquera Montoya

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Resolución de Superintendencia Nº 000295-2022/SUNAT

Excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2023

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