Establecen medidas para el Catastro fiscal

Decreto legislativo Nº 1557 (publ. 19-05-2023, vig. 20-05-2023) se implementan medidas en el ámbito del catastro fiscal. Cabe recordar que este es un registro de información relevante para fines fiscales sobre los bienes inmuebles, como su ubicación, características físicas, propiedad y valoración, entre otros aspectos. Esta información se utiliza exclusivamente para fines fiscales. Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) es la entidad responsable de establecer las normas, metodologías, procedimientos, técnicas e instrumentos que regulen el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de los predios. Esto significa que el MEF tiene la autoridad para establecer las reglas y directrices necesarias para recopilar, mantener y actualizar la información del Catastro Fiscal.
Además, las entidades públicas que generen y/o administren información relevante para fines fiscales tienen la responsabilidad directa de remitir dicha información al MEF. Los plazos y términos para esta remisión se establecerán en el Reglamento correspondiente.
