Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias

A través del Decreto Supremo Nº 154-2022-EF (Publ. 09-07-2022, Vig. 10-07-2022), se establecen disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias, hasta por la suma de S/ 300,00.
Requisitos para la percepción
En tanto se encuentre dentro de los alcances de la norma, el trabajador público tendrá derecho a percibir el Aguinaldo por Fiestas Patrias, siempre que cumpla de manera conjunta con las siguientes condiciones:
a) Haber estado laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de junio del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres (03) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
