Decreto Supremo que ratifica el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala” y el “Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”

Mediante el Decreto Supremo N.° 023-2026-RE (publ. 29.05.26; vig. conforme lo indique la norma) se ratifica internamente el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”, suscrito el 6 de diciembre de 2011, y el “Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”, suscrito el 23 de abril de 2025. La norma se emite conforme a los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y al artículo 2 de la Ley N.° 26647, formalizando así la aceptación del Estado peruano para la entrada en vigor y aplicación del acuerdo comercial y su protocolo modificatorio.
Asimismo, el artículo 1 del decreto dispone expresamente la ratificación de ambos instrumentos internacionales; el artículo 2 encarga al Ministerio de Relaciones Exteriores la publicación del texto íntegro del tratado, del protocolo y de la fecha de entrada en vigor en el Diario Oficial El Peruano; el artículo 3 establece que se debe dar cuenta al Congreso de la República; y el artículo 4 señala que el decreto supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
