Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo

Mediante el Decreto Supremo N.º 069-2026-EF (publ. 24.04.25; vig. 01.05.26) se modifican disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), con la finalidad de flexibilizar los requisitos para la inscripción en el Registro de Establecimientos Autorizados (REA) y adecuar la normativa a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1548, en relación con la devolución del IGV a turistas extranjeros.
En ese sentido, se establece que los contribuyentes no deben haber sido calificados por la SUNAT en los dos niveles más bajos de cumplimiento, conforme al perfil regulado por el Decreto Legislativo N.º 1535. Asimismo, se reduce de doce a seis meses el período en el cual se exige haber presentado y pagado íntegramente las obligaciones tributarias para acceder al REA, incorporándose además supuestos en los que no se considera incumplido dicho requisito, como la regularización dentro del siguiente vencimiento o la existencia de fraccionamientos o aplazamientos oportunamente otorgados.
Finalmente, la norma precisa que su vigencia se inicia el primer día calendario del mes siguiente a su publicación, salvo las disposiciones vinculadas al nivel de cumplimiento, cuya aplicación queda supeditada a la implementación del perfil de cumplimiento por parte de la SUNAT.
