Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32413, Ley que habilita la billetera digital para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales

Mediante el Decreto Supremo N.º 011-2026-EF (publ. 06.02.26; vig. conforme lo indique la norma) se aprueba el Reglamento de la Ley N.º 32413, que habilita el uso de la billetera digital como medio válido para el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el objetivo de promover la inclusión financiera y garantizar que los trabajadores puedan recibir sus remuneraciones mediante cuentas de ahorro o de dinero electrónico vinculadas a billeteras digitales en condiciones de seguridad, transparencia y respeto de sus derechos. La norma reconoce que las billeteras digitales son aplicativos que permiten transferencias de fondos desde cuentas administradas por entidades del sistema financiero o empresas emisoras de dinero electrónico supervisadas por la SBS.
El reglamento establece principios como la libre elección del trabajador, quien decide en qué entidad financiera o empresa emisora de dinero electrónico recibir su remuneración; la integridad y oportunidad del pago, que debe efectuarse completo y dentro del plazo legal; la seguridad y protección de datos; la transparencia en las condiciones de uso; y la interoperabilidad de las billeteras digitales autorizadas por el BCRP. Asimismo, se precisa que las entidades que administren cuentas vinculadas a billeteras digitales deben cumplir con las normas de la SBS sobre gestión de riesgos, ciberseguridad, continuidad del servicio y protección de datos personales.
Se establece que la SBS fijará los límites operativos para garantizar el pago íntegro de haberes y la prevención de riesgos, mientras que el Ministerio de Trabajo realizará el seguimiento de la implementación mediante información de la planilla electrónica. Además, el MEF publicará la relación de billeteras digitales autorizadas y difundirá información para promover su uso responsable y la educación financiera.
Como disposición modificatoria, se adecúa el Decreto Supremo N.º 001-98-TR para permitir que el pago de remuneraciones pueda efectuarse mediante empresas emisoras de dinero electrónico y billeteras digitales, reconociendo el derecho del trabajador a elegir la entidad donde recibir su sueldo y calificando como infracción muy grave cualquier injerencia del empleador en dicha elección. También se dispone la aplicación progresiva de este derecho a los trabajadores del sector público.
