Decreto Supremo N° 008-2019-MC

Mediante Decreto Supremo N° 008-2019-MC publicada el 29 de julio del presente año, en el diario oficial El Peruano, se aprueba el reglamento de la Ley N° 30853, Ley que establece la formulación de la Política y el Plan Nacional de Fomento de la lectura, el Libro y las Bibliotecas; que consta de cuatro (4) Títulos y nueve (09) Artículos; y se prorroga la vigencia de los beneficios tributarios de la Ley N° 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura; el presente reglamento y prorroga, se da en conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley de creación del Ministerio de Cultura, la Ley que establece la formulación de la política y el plan nacional de fomento de la lectura, el libro y las bibliotecas, la Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.
El Decreto Supremo, bajo comentario, entra en vigencia el 30-07-19.
