DECRETO SUPREMO Nº 285-2020-EF

Mediante el Decreto Supremo Nº 285-2020-EF, publicada el 28 de septiembre del presente año, en el diario oficial El Peruano, se aprueba la ampliación del plazo para el acogimiento al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT; considerando que, mediante el párrafo 12.2 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1487, Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (RAF), dispone que el plazo para presentar la solicitud de acogimiento concluye el 31 de agosto de 2020, plazo que puede ser ampliado mediante decreto supremo de acuerdo con la evaluación de los efectos económicos de la pandemia generada por el COVID-19; asimismo, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento del RAF, Decreto Supremo Nº 155-2020-EF, se amplía hasta el 30 de septiembre de 2020, el plazo para la presentación de la solicitud del acogimiento al RAF; por ello, se emite el presente decreto supremo, teniendo en cuenta la evaluación de los efectos económicos de la pandemia generada por el COVID-19, siendo necesario ampliar el plazo para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF, hasta el 31 de diciembre de 2020.
El Decreto Supremo, bajo comentario, entra en vigencia el 29-09-2020.
