Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo N° 940 que regula el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central

Mediante el Decreto Legislativo N.º 1713 (publ. 04.02.26; vig. 01.03.26) se modifica el numeral 9.3 del artículo 9 del Decreto Legislativo N.º 940, que regula el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (detracciones), en el marco de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo por la Ley N.º 32527, específicamente en materia de crecimiento económico responsable.
La finalidad es incorporar una nueva causal para que los montos depositados en las cuentas de detracciones ingresen como recaudación, estableciendo que ello proceda cuando el titular de la cuenta mantenga deuda tributaria exigible. Con esta modificación se busca asegurar que los fondos acumulados en dichas cuentas se destinen efectivamente al cumplimiento de las obligaciones tributarias pendientes, reforzando la eficiencia recaudatoria del sistema.
En ese sentido, se añade el inciso g) al numeral 9.3 del artículo 9 del Decreto Legislativo N.º 940, precisando expresamente que tener deuda tributaria exigible constituye causal para que la SUNAT disponga el ingreso como recaudación de los montos depositados en la cuenta de detracciones. La norma aclara que esta habilitación no altera el marco legal vigente aplicable a las micro y pequeñas empresas (MYPE), conforme a lo dispuesto en la ley autoritativa.
