DECRETO DE URGENCIA N° 419-2019-EF

Mediante Decreto de Urgencia N° 419-2019-EF publicada el 31 de diciembre del 2019, en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba el Reglamento que regula el beneficio al que se refiere el artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 012-2019, consistente en la devolución del equivalente al cincuenta y tres por ciento (53%) del ISC que forme parte del precio de venta del combustible, cuya adquisición se efectúe a un proveedor y siempre que por dicha operación se emita un comprobante de pago electrónico. Ello en virtud el Decreto de Urgencia N° 012-2019 que estableció medidas para fortalecer la seguridad vial y reducir la accidentabilidad en la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional y/o del servicio de transporte público terrestre de carga, mejorando las condiciones de calidad y seguridad del transporte en beneficio de la población. Mencionado Reglamento regula sobre los alcances, condiciones para acceder al beneficio, determinación del monto de devolución y de la solicitud de devolución.
El presente decreto urgencia, bajo comentario, entra en vigencia a partir del 01 del enero del 2020.
