Aprueban Listado de entidades exceptuadas de percecpciones del IGV

Por medio del Decreto Supremo Nº 315-2022-EF (Publ. 28-12-2022, Vig. 01-12-2022) se aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV, ello conforme al artículo 11 de la Ley Nº 29173, la cual dispone que no se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fiscal y el cliente tenga la condición de agente de retención del IGV o figure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV". Asimismo, el listado será publicado en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas a más tardar el último día hábil del mes de diciembre de 2022 y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación, es decir desde el 1 de enero de 2023.
